Maniobra Kristeller

Denuncian que el 96% de las maniobras Kristeller se hacen sin el consentimiento de la madre. Esta técnica, desaconsejada por la OMS, se utiliza en uno de cada cuatro partos y no existe evidencias de que en efecto acelere el expulsivo. Está prohibida en otros países, como el Reino Unido.

¿Eso qué es?

En 1867 un ginecólogo llamado Samuel Kristeller ideó un método para acortar el expulsivo (así se llama la etapa en la que el bebé sale del útero en el parto) consistente en aplicar presión en el fondo del útero (la parte más alta del abdomen de la embarazada, justo bajo su pecho) coincidiendo con los pujos de la mujer.

Un informe de El Parto es Nuestro alerta de los riesgos y la falta de información de la maniobra, consistente en presionar la barriga para acelerar el expulsivo.

Tal vez no sabes que es, ni te suena, pero seguro que has escuchado relatos de parto en los que la madre cuenta como «se subió el gine sobre mi tripa», «la matrona me empujó la tripa con el brazo»… o cosas similares.

La Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, afirma que la maniobra de Kristeller está contraindicada para facilitar el descenso del feto.

Esta maniobra puede causar múltiples consecuencias y secuelas:

  • A la madre:
  • Traumatismos que van desde hematomas y dolor en las inserciones musculares.
  • Fisura o fractura de costillas
  • Rotura del útero e inversión uterina, que pueden provocar a su vez hemorragias graves y, que podría requerir incluso una cirugía para extirpar el útero, la histerectomía, quedando la mujer incapacitada para volver a quedarse embarazada),
  • Hemorragias
  • Desprendimiento de placenta
  • Desgarros del canal vaginal y/o laceraciones cervicales.
  • Lesiones de los órganos internos.

 

  • Al bebé:
  • Lesiones como las del plexo braquial, que provocan la parálisis de Erb.
  • Fractura de clavícula
  • Fipoxia fetal ( falta de oxígeno)
  • Hematomas
  • Lesiones de los órganos internos,
  • Fractura de costillas y lesiones de la médula espinal

 

Normalmente, la maniobra de Kristeller se realiza para acabar antes con el parto, pero no por razones de verdadera emergencia. Si éste fuera el caso, estarían indicadas otro tipo de intervenciones. En lugar de realizar esta maniobra, los asistentes deberían respetar los tiempos de la mujer:

  • Adoptar posturas que favorezcan el descenso del feto (verticales)
  • Permitirle beber para que reponga líquidos
  • Evitarle situaciones o intervenciones que pudieran estar aumentando su cansancio
  • Procurándole confort físico y psicológico.
  • Pare en movimiento: cuanto más bascules tu pelvis durante el parto, más facilitarás el descenso y encajamiento del bebé por su interior.
  • A la hora del expulsivo, la fuerza de la gravedad puede ser de gran ayuda para la salida del bebé, por lo que las posturas verticales presentan una gran ventaja (sentada, de pie, en cuclillas…).
  • Cada vez más hospitales ofrecen walking epidural, que es epidural a menor dosis que la habitual. Si deseas ponerte la epidural, minimiza el bloqueo motor y la inmovilidad que éste produce buscando hospitales que ofrezcan epidural a bajas dosis (recuerda que no eliminarás por completo el dolor en muchos casos, pero ganarás en movimiento y facilitarás tu parto).

Recuerde: Cualquier intervención médica requiere el consentimiento previo del paciente. Para recabar este consentimiento los profesionales sanitarios están obligados a informar a las usuarias, como mínimo, de las indicaciones, efectos adversos y alternativas existentes, para que puedas elegir. El consentimiento informado es una figura médico legal con un profundo fundamento ético, que es el derecho de toda persona a decidir sobre la propia salud y el propio cuerpo.  La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica garantiza el derecho todo paciente o usuario a negarse a una intervención o tratamiento médico. Además, ello «no dará lugar al alta forzosa cuando existan tratamientos alternativos».

Según cuenta el Parto es Nuestro, el ministerio de Sanidad encargó en 2010 una encuesta para la revisión de la estrategia de atención al parto que reveló que dicha maniobra se realizó en el 26,1% de los partos.

El estudio revela que:

  • 93,5% no fue informada acerca de la maniobra de Kristeller antes de su realización.
  • El 96% de los casos no se solicitó su consentimiento.
  • El consentimiento, no suele aparecer en los historiales clínicos para evitar querellas.
  • El 22% de las mujeres del estudio sobre la maniobra Kristeller aseguran que la presión les fue realizada con el antebrazo, el 17,4% con el peso de todo el cuerpo y el 15% con el peso del cuerpo y los brazos.
  • Un 30% de los casos la presión se ejerció de forma repetida, cuatro o más veces, con los brazos y todo el peso del cuerpo sobre la mujer
  • El 55% de las mujeres sintió dolor durante el procedimiento.
  • Las que no lo sintieron aseguran que fue por la anestesia epidural
  • El 39% dice que pidió al personal que parara. De las 133 mujeres que lo solicitaron, solo 14 fueron escuchadas, según expone el informe.
  • El 80% aseguran que no permitirían que se repitiera la maniobra en otro parto. En el caso de los bebés, el 26,5% tuvo secuelas tales como dificultad respiratoria, fractura de clavícula o hematomas.
  • En el 70% de los casos fue necesario realizar otras intervenciones: ventosa (22,65%), fórceps (18,82%) y de cesárea (6,76%).
  • El 59,4% de las mujeres que pasaron por esta maniobra tuvo secuelas físicas: desgarros severos de segundo y tercer grado (40,31%); dolor costal (14,8%); hematomas (12,24%); fractura de costillas (4,59%); prolapso uterino (3,06%), y desprendimiento prematuro de la placenta (2,04%)
  • El 26,5% de los bebés tuvo secuelas: dificultad respiratoria (40%); fractura de clavícula (17,78%); hematomas (15,56%); desgarro muscular y trauma encefálico (6,7%); lesiones en órganos internos e hipoxia (4,4%), parálisis de Erb y fractura de húmero (2,2%).

 

El Parto es Nuestro espera con su campaña «dar a conocer esta maniobra» y que su estudio, que pone cifras y testimonios a la experiencia traumática de las pacientes, termine con esta práctica en los hospitales españoles.

Y tan poco infrecuente es, que se aplica en el 26,1% de los partos en España según el Informe final de la Estrategia de atención al parto normal del Ministerio de Sanidad.

Ya es un dato que hace sospechar, en la atención de un parto se apunta absolutamente todo (o al menos debería hacerse así), ¿por qué esto apenas se registra si se realiza?, ¿por qué se trata de ocultar “oficialmente”?

El Ministerio de Sanidad afirma esto sobre sus riesgos en la Guía de atención al parto normal dice:

  • No existen pruebas del beneficio de la maniobra de Kristeller realizada en la segunda etapa del parto
  • Existen algunas pruebas, aunque escasas, que la dicha maniobra es un factor de riesgo de morbilidad materna y fetal
  • No está recomendada por sus riesgos potenciales de morbilidad materna y fetal
  • No mejora la tasa de partos vaginales espontáneos
  • No reduce la tasa de parto instrumental
  • Es ineficaz en la reducción de la duración de la segunda etapa del trabajo de parto.
  • Por lo que se considera que su realización durante la segunda etapa del parto debe limitarse a los protocolos de investigación diseñados para evaluar su eficacia y seguridad para la madre y el feto.“

 

Traducido, no hay evidencia de sus ventajas y sí la hay de sus inconvenientes, por lo que el Ministerio de Sanidad considera que esta maniobra sólo debería practicarse en casos de estudios de investigación (participar en un estudio de investigación, por ley, requiere la participación voluntaria del individuo y la firma de un consentimiento informado por escrito. Sin embargo un informe de El parto es nuestro indica que en el 96% de los casos el Kristeller se practica sin consentimiento).

Presenta un plan de parto: un plan de parto escrito tiene exactamente la misma validez legal que tu palabra hablada. Es decir, te han de respetar igual si al ingresar en paritorio entregas tu plan de parto en papel que si cuando alguien se vaya a subir encima de ti prometiendo “voy a ayudarte un poco, no sueltes el aire mientras yo empujo contigo” tú respondes “no gracias, no quiero que me presiones el útero“.

La diferencia está en que presentando el plan de parto por escrito dejas constancia (útil si después tienes que reclamar) de tu voluntad, que está amparada por la ley de autonomía del paciente (Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica). Si pese a negarte no te hacen caso y te realizan la maniobra de Kristeller, no sólo estarán realizando una intervención desaconsejada por el Ministerio de Sanidad, sino que estarán vulnerando la ley incumpliendo tu derecho de autonomía.